Sin embargo, usted debe demostrar que adquirió su inmueble dentro de los tres (3) meses siguientes al giro de los valores de su cuenta individual. De no hacerlo, pierde la posibilidad de recibir el subsidio. De ahí la importancia de que todos los integrantes de la Fuerza Pública conozcan esta normatividad y cumplan el plazo.
Cabe recordar que estos tres (3) meses pueden ser prorrogables, hasta por un término igual, cuando la solución de vivienda esté ofrecida en el mercado inmobiliario sobre planos. Además, en el evento de que no haya sido posible realizar el negocio jurídico presentado ante Caja Honor, el afiliado deberá reintegrar de forma inmediata los dineros.
Por eso, si usted piensa adquirir una vivienda usada, el inmueble debe haberse construido, legalizado, negociado y registrado a partir del año 1997, no debe ubicarse en zonas de subdesarrollo o asentamientos ilegales, y debe cumplir con características como un acceso independiente, estar conformado como mínimo por un espacio múltiple, cocina con mesón, lavaplatos, lavadero, baño con sanitario, lavamanos, ducha y al menos una alcoba.
Finalmente, si se trata de vivienda nueva construida por una persona natural se debe aportar la licencia de construcción.
En Caja Honor nuestro propósito superior es la satisfacción plena de los afiliados, por eso llevar información de interés y con calidad es un compromiso permanente.
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