A este modelo accederán de manera opcional, a través de su curador o representante legal de acuerdo a la ley, los afiliados para solución de vivienda que se encuentren secuestrados y sean protegidos por el Derecho Internacional Humanitario, sin tener en cuenta el tiempo de cautiverio.
Para la postulación a través del modelo de Atención a Secuestrados, se deberá acreditar la condición del afiliado de secuestrado protegido por el Derecho Internacional Humanitario, por parte de su curador o representante legal.
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