El personal de soldados e infantes de marina, voluntarios y profesionales, pensionados por invalidez con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 973 de 2005, que decidan afiliarse voluntariamente para solución de vivienda a la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, podrán postularse para acceder a una solución de vivienda subsidiada con cargo al Fondo de Solidaridad a través de este mecanismo, mediante la modalidad adjudicación de vivienda. Para la postulación, el afiliado voluntario para solución de vivienda deberá registrar mínimo veinticuatro (24) cuotas de ahorro mensual obligatorio y el aporte del 7% para el Fondo de Solidaridad de que trata el numeral 1 del parágrafo 2 del artículo 1 de la Ley 1305 de 2009. El otorgamiento de la solución de vivienda en el presente mecanismo se sujetará a las reglas dispuestas para el Fondo de Solidaridad en lo que corresponda.Requisitos:1. Formato de solicitud de postulación al modelo Héroes (Fondo de Solidaridad), debidamente diligenciado (sin tachones ni enmendaduras).2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del afiliado (ampliada al 150%).3. Fotocopia de acto administrativo de reconocimiento de pensión por invalidez, debidamente ejecutoriado.4. Fotocopia del acta de la junta médico laboral.5. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento del hijo menor de edad. Si lo tiene.
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